Panorama contable del 2021 en Colombia
El panorama contable del 2021 en Colombia se ve algo rocoso, después de un año bastante difícil en el que la inesperada pandemia impulsó un proceso de transformación digital sin precedentes, que revolucionó la economía mundial y que por supuesto trajo consigo algunas consecuencias que afectan directamente las arcas del estado, es de esperarse que existan reajustes en los recaudos tributarios enfocados en cubrir las necesidades de diferentes esfuerzos, como la reactivación económica y el cumplimiento de metas de gestión.
Desde el año pasado, el gobierno nacional viene anunciando una nueva reforma tributaria que por supuesto buscará ser aprobada con celeridad durante este año, así que para ningún empresario está de más comenzar a observar estos proyectos y realizar la planeación necesaria para que su negocio funcione sin mayores o más complicaciones si tomamos en cuenta las ya causadas por la pandemia de Covid-19.
Así estará el panorama contable del 2021 en Colombia:
1. Reforma tributaria.
El pasado 8 de febrero, el presidente Iván Duque confirmó que en algún momento de esta legislatura su gobierno presentará al congreso una propuesta, para su revisión, de reforma tributaria, según lo Indica el periódico El Tiempo.
“El mandatario aclaró que están a la espera del resultado del análisis, en materia fiscal y tributaria, de la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, para consolidar el proyecto”, cita el artículo.
Sin embargo, cabe aclarar que el Presidente hizo énfasis en el hecho de que los efectos de cualquier reforma social y fiscal que se adelante, deberían empezar a tener vigencia a partir del año 2022, agregando que su intención es no dejarle el tema de la reforma al siguiente gobierno buscando así aclarar el Panorama fiscal.
En cualquier caso una reforma que comience a tener vigencia en el año 2022 deberá buscar una preparación para la implementación a lo largo del presente año, agregando una variable al panorama contable del 2021 en Colombia.
2. Potencial ampliación del cobro del IVA.
Con respecto a la ampliación del cobro del IVA el presidente dio pistas sobre la eliminación de exenciones y garantizar el no cobro del impuesto a los más pobres lo que busca lograr devolviéndolo “muchos creían que eso no era posible, pero el año pasado logramos devolverle el IVA a un millón de personas, y este año vamos a llegar a dos millones” citó el mandatario.
Frente a este rubro tendremos que seguir atentos a los nuevos anuncios por parte del gobierno nacional, sin embargo el congreso ya ha pedido aplazar las fechas de pago para las empresas para el año vigente, lo que sin duda significaría un alivio que buscaría ayudar a las empresas con el cumplimiento de sus responsabilidades de operación especialmente con su nómina.
A nivel distrital encontramos un anuncio que representan un respiro para las empresas pequeñas y medianas como lo es el aplazamiento hasta el 19 de marzo del pago del impuesto del ICA y otros impuestos que ha hecho la secretaría de hacienda.
3. Aplazamiento del pago del ICA.
La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) aplazó para el 19 de marzo de 2021 el vencimiento para la declaración y pago del impuesto del régimen común con declaración anual. Igualmente, los contribuyentes del régimen preferencial y responsables de ReteICA, tuvieron plazo hasta el pasado 29 de enero para cumplir con la obligación.
La misma institución menciona su inacción de “…ayudar a las empresas cuyas ventas cayeron en 2020 más de un 20 % por efectos del COVID-19, ofreciéndoles un descuento en el valor a pagar del Impuesto de Industria y Comercio, de tal manera que paguen en 2021 un poco menos, dependiendo de qué tanto se les cayeron las ventas este año”, según lo declaró el año pasado el secretario de hacienda Juan Mauricio Ramírez.
4. Alivios en Medellín.
La alcaldía de Medellín anunció a finales del año pasado alivios tributarios para los sectores más afectados por la pandemia, dentro de los cuales se implementarán 3 medidas para impulsar la economía de la ciudad en 2021 con alivios para los sectores hotelero, agencias de viajes, restaurantes y bares.
El primer alivio establece el aplazamiento del impuesto predial durante el primer semestre del año. Solo podrán acceder a él los contribuyentes de los sectores mencionados que ejerzan su actividad en el inmueble matriculado. Este mismo beneficio aplicará para industria y comercio.
El segundo alivio consiste en el pago anualizado del impuesto predial con descuento del 5 % si se cancela antes de la fecha límite de pago del primer trimestre, o del 3 % si se realiza antes del vencimiento del segundo trimestre del año, según el calendario tributario. Para acceder no es necesario que el contribuyente haga la solicitud por escrito; en su documento de cobro llegarán los valores especificados para que realice el pago que desea: anualizado con descuento o por trimestre.
El tercer alivio es la ampliación de la fecha límite de pago del impuesto predial sin recargo, para el tercer y cuarto trimestre del año, que pasará del 2 de agosto al 28 de septiembre y del 2 de noviembre al 28 de diciembre, respectivamente.
Así las cosas, el panorama contable del 2021 en Colombia se muestra algo intrincado como era de esperarse, ya que los alivios y las reformas están a la vuelta de la esquina con excepciones e inclusiones que sólo pueden ser conocidas estando atentos a cada cambio anunciado.
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